RGPD y fichaje

Los registros de jornada son datos personales bajo el RGPD. La empresa es responsable del tratamiento y debe cumplir principios de minimización, transparencia y conservación limitada a 4 años.

Por qué los fichajes son datos personales

Los registros de jornada incluyen información identificable del empleado: nombre, sede, fecha y hora exacta. Esto los convierte en datos personales sujetos al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y a la LOPDGDD.

Base jurídica

La base legal para tratar fichajes es la obligación legal del empresario (artículo 6.1.c RGPD) derivada del RDL 8/2019. No se requiere consentimiento del empleado — la empresa debe llevar el registro por mandato legal.

Excepciones que sí requieren consentimiento o base adicional:

  • Biometría (huella, facial): requiere base reforzada del artículo 9 RGPD
  • Geolocalización continua: ver geolocalización en el fichaje
  • Cesión a terceros que no sea obligación legal

Principios aplicables

Principio RGPDCómo cumplirlo en fichaje
LicitudApoyarse en la obligación del RDL 8/2019
TransparenciaInformar al empleado al contratar y publicar política de privacidad
MinimizaciónRecoger solo hora entrada/salida, no más
ExactitudSello de tiempo del servidor, no del dispositivo
Conservación limitada4 años exactos; supresión automática al cumplirse
Integridad y confidencialidadCifrado en tránsito y reposo; accesos por roles
Responsabilidad proactivaRegistro de actividades de tratamiento

Información obligatoria al empleado

Al contratar (o al implantar el sistema si ya está contratado), la empresa debe informar:

  1. Identidad del responsable (la propia empresa)
  2. Finalidad del tratamiento (cumplimiento legal y gestión laboral)
  3. Base jurídica (obligación legal — RDL 8/2019)
  4. Categorías de datos tratados (hora entrada/salida, sede, eventualmente geolocalización)
  5. Plazo de conservación (4 años)
  6. Derechos (acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad)
  7. Datos del DPD si existe

Lo habitual es incluir esta información en la cláusula de protección de datos del contrato laboral o en un anexo firmado al implantar el sistema.

Derechos del trabajador

Sobre sus fichajes, el empleado puede:

  • Acceder en cualquier momento a su histórico
  • Rectificar errores demostrables (ej. si el sistema marcó mal la hora)
  • Solicitar copia para sus propios fines (nómina, denuncia)
  • Oponerse a tratamientos adicionales no obligatorios (p.ej. analítica de patrones)

No puede oponerse al fichaje en sí: es una obligación legal del empresario y la cooperación del trabajador es exigible.

Sanciones por incumplimiento

  • Apercibimiento (faltas leves de información)
  • Multas AEPD: hasta 20 M€ o 4% facturación global por infracciones graves
  • Reclamación judicial del empleado por vulneración de su intimidad

Recomendaciones prácticas

  1. Política de privacidad del fichaje clara y firmada
  2. Acceso del empleado autónomo a su histórico (sin necesidad de pedirlo)
  3. Cifrado en almacenamiento y transmisión
  4. Borrado automático pasados los 4 años
  5. Documentar el tratamiento en el registro de actividades

En Hora cumple los principios RGPD por diseño: minimización (solo entrada/salida), cifrado en tránsito y reposo, acceso autónomo del empleado, borrado automático a los 4 años y soporte para DPD.

Última actualización: 25 de mayo de 2026

Cumple sin complicarte

En Hora resuelve el registro de jornada por 1,99 € + IVA por empleado/mes. Prueba gratis 30 días, sin tarjeta.

Prueba gratis